En un nuevo paso hacia la lampliación de los derechos sindicales, la Corte Suprema de Justicia firmó ayer un fallo, con el que extiende la protección laboral a los delegados de todos los sindicatos, tengan o no personería gremial.
Con esta resolución, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 52 de la ley de asociaciones sindicales, al considerar que resulta contrario al principio de libertad sindical sostener que los gremios que no tienen personería gremial no pueden actuar en el ámbito de la personería gremial de otro sindicato.
Hugo Yasky, secretario general de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), que ayer presentó un proyecto para modificar esa ley, calificó este avance como un tajo en el medio del vientre para el entramado legal que sostenía la limitación de derechos.
La sentencia fue dictada por seis jueces de la Corte: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, mientras que la ministra Carmen Argibay votó en concurrencia, es decir con sus propios argumentos.
Este fallo se complementa con el que la Corte dio en noviembre del año pasado, habilitando para ser delegado a cualquier trabajador, aunque no esté afiliado a un sindicato con personería gremial. Ahora se extiende la tutela que los proteje contra prácticas antisindicales por parte del empleador, que no puede suspender, despedir o modificar las condiciones de trabajo del representante gremial sin autorización judicial.