El presidente paraguayo, Fernando Lugo, promulgó la reglamentación de la ley 4013, del derecho de objeción de conciencia, en beneficio de la sociedad civil.
De esta manera, con la nueva normativa, los jóvenes que rechazan el servicio militar obligatorio, podrán prestar un servicio civil sustitutivo, ya sea en el sector público como privado, en beneficio de la población.
La legislación contempla además, la creación de un consejo nacional, con miembros ad honorem, que bajo la presidencia del Defensor del Pueblo, tendrá la atribución de expedir las constancias.
El solicitante, estará exento del cumplimiento del servicio militar obligatorio, a partir de la aceptación de su declaración, como válida por la autoridad competente. De modo que a partir de ese momento, queda obligado a prestar servicio sustitutivo, en beneficio de la población civil, en los centros asistenciales designados en esta norma, bajo jurisdicción civil.